El inicio del segundo colmo ha reunido a agricultores, autoridades y empresarios del sector en un evento que contó como madrina a nuestra Consejera de Agricultura, Dña Adela Martínez-Cachá y donde Almerca tuvo su representación.
ASAMBLEA INFORMATIVA- IFEPA 9/11/17
EN DEFENSA DE LA HUERTA DE EUROPA
El próximo 13 de diciembre a las 10 am tendrá lugar una concetración ante la Confederación Hidrográfica del Segura y una posterior manifestación hasta la Delegación del Gobierno en Murcia.
Reinvindicaciones:
- Ante la Confederación Hidrográfica del Segura. A las 10 am.
- Trasladar que esta es la primera actuación del Círculo por el Agua, de una serie de acciones que no cesarán hasta obtener medidas concretas, palpables y efectivas para erradicar el déficit del Levante español
- Puesta inmediata en funcionamiento de todos los pozos de sequía posibles, al amparo de las facultades otorgadas al presidente de la CHS que recoge el “Decreto de Sequía”, incluidos los de las Vegas Media y Baja del Segura, así como los 250 existentes y reconocidos en el Campo de Cartagena.
- Puesta a disposición de los usuarios de los volúmenes íntegros aprobados por el MAPAMA por contratos de cesión de derechos suscritos con usuarios del Alto Tajo.
- Moderación de las multas por infracciones sobre el uso del agua.
- Ante la Delegación del Gobierno en Murcia (sobre las 11 am):
- Lectura del “Manifiesto Levantino por el Agua” y posterior entrega al Delegado del Gobierno para que lo eleve al Gobierno de la Nación.
- Rechazo de la nueva filosofía que pretende imponer las Tarifas del Trasvase a sus usuarios (incluyendo al abastecimiento), haya o no agua derivada del Alto Tajo.
Posteriormente, el 19 de diciembre a las 10 am tendrá lugar una concetración ante la Desaladora de Torrevieja, para exigir entre otras, un PRECIO JUSTO y EQUILIBRADO para los usuarios de regadío que deseen acceder a estos volúmenes de agua desalada
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL DECRETO LEY 1/2017 EN MATERIA DE NITRATOS
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL DECRETO LEY 1/2017 EN MATERIA DE NITRATOS
El incumplimiento de las disposiciones en materia de nitratos establecidas en el Decreto Ley 1/2017 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad ambiental en el entorno del Mar Menor, están consideradas como GRAVES y pueden ser sancionadas con multa de 5.000 a 50.000€ (si producen daño o deterioro ambiental, pasan a ser muy graves, 50-100.000€).
Entre las disposiciones obligatorias figuran la de NO aplicar más de 170UF de nitrógeno orgánico por hectárea y año (10Tm/ha de un estiercol tipo, aportan 180) y la de realizar un balance de nitrógeno con los aportes y las extracciones.
Estas medidas están en vigor en las zonas vulnerables desde hace 14 años, y en el resto de la cuenca vertiente al Mar Menor desde el pasado 7 de abril. Por parte de la Consejería, ya han comenzado la campaña de inspecciones, por lo que aconsejamos a todos nuestros proveedores cumplan estas disposiciones.
SALVEMOS LA HUERTA DE EUROPA
MANIFESTACIÓN, PRÓXIMO 7 DE MARZO.
Bajo el lema “SIN AGUA, DESIERTO Y PARO ¡Defendamos la Huerta de Europa!” la manifestación reivindicativa recorrerá las calles de Madrid. Además, la Plaza Callao de Madrid acogerá ese mismo día un gran evento dirigido a la concienciación de toda la sociedad, en el que se informará de las necesidades de AGUA del Levante.
FITOSANITARIOS ALCACHOFA
NOVEDADES PARA ESTA CAMPAÑA DE ALCACHOFA.
Dejan de estar autorizados los siguientes:
- Abamectina
- Clorantraniliprol
- Ememectina
- Imidacloprid
- Linuron
- Oxyfluorfen
Mientras que han sido incorporados:
- Betaciflutrin (insecticida)
- Cletodim (herbicida)
Como es sabido nosotros realizamos analíticas periódicas y será motivo de sanción y la retirada inmediata de la partida si apareciera alguna de estas materias activas no autorizadas.
FITOSANITARIOS BRASSICAS
NOVEDADES PARA ESTA CAMPAÑA DE BROCOLI
Se ha prohíbido el uso de:
- Clortalonil
- Fluazifop
- Imidacloprid
- Iprodiona
- Oxyfluorfen
- Tiametoxan
Mientras que ha sido incorporado:
- Sulfoxaflor
Tenemos que señalar que, en algunas sustancias activas presentes en formulados comerciales con idéntica composición, los registros son muy distintos de unos a otros, lo que hace incluso más necesario comprobar las autorizaciones en la etiqueta del formulado antes de su uso.
Nosotros realizamos analíticas periódicas y si se encontraran restos de estas materias activas prohibidas, será motivo de sanción y retirada de la partida.
ALCACHOFA DE ESPAÑA
QUEMA DE RASTROJOS Y RESTOS DE PODA
RESUMEN DE LA RESOLUCIÓN CONJUNTA ENTRE LAS DIRECCIONES GENERALES DE “MEDIO AMBIENTE Y MAR MENOR” , “SALUD PÚBLICA Y ADICCIONES”,” AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ACUICULTURA Y “MEDIO NATURAL” EN RELACIÓN A LA PRÁCTICAS DE QUEMAS EN EL SECTOR AGRÍCOLA.
La quema de residuos agrícolas es una práctica no permitida por la LEY 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y única y excepcionalmente permitida en el tratamiento de plagas, de acuerdo con lo establecido con la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, llevándose siempre a cabo mediante medios y procedimientos que no pongan en peligro la salud humana ni el medio ambiente.
De conformidad con el artículo 4 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de Protección Ambiental Integrada, en los casos donde excepcionalmente se produzca la quema de residuos vegetales, los agentes de autoridad de Ayuntamientos deberán tener en cuenta la adopción de al menos las siguientes medidas siempre que no exsita limitaciones municipales o de otras administraciones:
– No se realizarán quemas en situaciones meteorológicas que dificulten la dispersión de los contaminantes debido principalmente a la inversión térmica.
– No se podrán realizar quemas a menos de 1500 m de centros educativos, sanitarios, residencias o lugares donde se desarrollen o practiquen acitvidades deportivas. Está prohibida la quema, pudiendo de manera excepcional, con permiso de la administración local y prrvia a evaluación ambiental, autorizar quemas concretas siempre que no se pueda producir ningún riesgo.
– Si en el transcurso de la quema se aprecia que no se dispersa el humo hacia la atmósfera se deberá proceder a la suspensiónd e la quema.
– El interesado vigilará la quema hasta que esté totalmente extinguida.